Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano HECTOR JOSE CARABALLO, venezolano, natural de Rio Caribe, de 53 años de edad, titular de la cedula de identidad Nª 5.907.057, hijo de José Matías Rauseo y Josefa Antonia Caraballo, nacido en fecha 11-09-1959, y domiciliado en Agua Santa, hacienda La Yunda, Yaguarapo, Municipio Cajigal, estado Sucre, por el delito de DEGRADACIÓN DE SUELOS APTOS PARA LA PRODUCCION DE ALIMENTOS En Perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, estableciéndose un Régimen de Pruebas por el lapso de cuatro (04) meses, contados a partir de la presente fecha, durante el cual deberán cumplir las siguientes condiciones: PRIMERO: Realiza.....