este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, al ciudadano RICARDO OVIDIO CARABALLO QUILARQUE, venezolano, Cédula de identidad N° v-8.451.526, de 46 años de edad, nacido en fecha 11/08/1963, oficio chofer residenciado en la Urb. Brisas de pantanillo, calle principal, casa sin número, vía a puerto la madera, Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionados en el artículo 409 primer aparte del Código Penal, en perjuicio de Jhoan José Ramírez