Este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sobre la base de los artículos 285 numerales 1 y 6 último aparte del 30, 43 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal, 1,2,4,5,7 y 30 de la Ley Sobre Protección a Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales; a favor del ciudadano: JOEL LUIS JIMENEZ VASQUEZ Titular de la Cédula de Identidad No-15.361.295 testigo en la causa penal en fase de investigación identificada con el No-19-F8-1C-0039-08 nomenclatura de la Fiscalía Octava del Ministerio Público por el delito de: Homicidio en perjuicio del occiso: Ray Leonar González Rondón, ACUERDA MEDIDA DE PROTECCIÓN consistente en Preservar la identidad del testigo en la referida investigación, así como que, no consten en las diligencias a practicar por el Fiscal Octavo del Ministerio Público, su nombre, apellido,.....