Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, y se procede a la Ejecución forzosa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 647 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se Decreta MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, en contra del Ciudadano Miguel Javier Vegas Gonzalez, hasta por la cantidad de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 50/100 (Bs. 6.848.437,50) que es el doble de la cantidad demandada, más las costas del proceso calculadas prudencialmente por este Tribunal en la cantidad de SETECIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CON 50/100 (Bs. 760.937,50) suma ésta.....