Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA LA REPOSICIÓN LA CAUSA al estado de la notificación al Procurador de la decisión del 10 de marzo 2014, solicitada por la abog. SONIA BOLIVAR, profesional en ejercicio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 25.609
Regístrese. Publíquese. Déjese Copia. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año dos mil quince (2015) Años 204° de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
Abg. EDDA PEREZ ALCALA
LA SECRETARIA,
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