Este tribunal Quinto de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, ENTREGAR EL VEHÍCULO, Clase camioneta, marca chevrolet, tipo pick up, modelo C-10, año 1978, color Rojo y blanco, placa 140-ADM, serial motor CHV201723, serial de carrocería CCL14HV201723, uso carga, al Ciudadano DANILO JOSE CARIEL, Venezolano, mayor de edad, Titular de la CI: 5.910.226, con domicilio en la calle Principal de Soro, casa S/N, Municipio Valdez del Estado Sucre, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor. Líbrese oficio acordando la entrega del mencionado vehiculo al encargado del Estacionamiento FRANMIL, Ubicado en Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre. Remítase el asunto a la fiscalia Tercera del Ministerio Público en su debida oportunidad. Se acuerda la.....