Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana MARIA LUISA RAMOS PEÑA, contra el ciudadano EDAN JOSE MOREY RAMOS, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de los adolescente, así mismo este Tribunal condena al progenitor a pagar a sus hijos la mitad de un salario mínimo mensual, mas un salario mínimo del Bono Vacacional y un salario mínimo por concepto de Aguinaldo. Todo de conformidad con los artículos 76, 78 y 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 365, 369, 30 y 08 de la LOPNA.