Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: CONDENA al ciudadano: OSWIL JOSE GUZMAN SUNIAGA, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.591.325, nacido en fecha 27-09-88, de 21 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Migdali Josefina Suniaga Cova y Wuiliam José Guzmán Quilate, domiciliado en el Cerro del Calvario, Casa N° S/N, cerca de la iglesia Santa Catalina, donde están las Barandas, Municipio Bermúdez, de Estado Sucre; y expone, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal, por la comisión del delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 277, del Código penal, en relación con el articulo 1, numeral 1,3 y 4 de la Ley Aprobatoria de la.....