este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al convenimiento realizado por la parte demandada de conformidad con lo establecido en los Artículo 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil, en el Juicio mediante la cual se ventiló la pretensión de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, incoado por la ciudadana LUISA ELENA COVA ACUÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.735.999 contra el ciudadano LUIS EMILIO BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V-4.183.660. En tal sentido, se ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y se declara TERMINADO el procedimiento. En Cumaná, a los Dieciocho (18) día del mes de Febrero de Dos Mil Nueve (2009). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.