En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente xxxxxxx, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° xxxx, de xxx años de edad (contaba con xxxxxaños de edad para la fecha de los hechos), obrero, nacido en fecha xxxx, hijo xxxxxx y xxx, residenciado en la Calle Principal del xxxxxxx Cumaná, Estado Sucre, quien fue sancionado a cumplir la medida de cuatro (04) años de privación de libertad, por la comisión del delito de violación, previsto en el articulo 374, numeral 1° del Código Penal, cometido en perjuicio de los niños xxxx, xxxx. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, apl.....