ACUERDA, mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, al imputado LUIS JAVIER FEBRES, venezolano, de 36 años de edad, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad N°-V-10.954.820, residenciado en la población de El Buey, Upata, fundo El Paraíso, vía principal, Estado Bolívar, teléfono de su hermana 4140471 residenciada en la parte alta del Caserío Las Trincheras, casa s/n, jurisdicción de la Parroquia San Lorenzo del Municipio Autónomo Montes del Estado Sucre, consistentes en presentaciones periódicas cada treinta (30) dias por ante la unidad de alguacilazgo de este circuito judicial penal, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; durante seis (06) meses a tenor e lo establecido en el articulo 313 eiusdem, motivado que esta incurso en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal, en perjuicio del .....