. Es por ello que este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda Librar Boleta de Captura en contra del penado: JULIO ALBERTO URDANETA Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-5.064.844, residenciado en Maracaibo, Estado Zulia, y remitirla al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Cumaná, extensión Maracaibo y todo el Territorio Nacional para que procedan a su CAPTURA, CON EL DEBIDO RESPETO A SUS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES y posterior traslado al Internado Judicial de Cumaná, donde quedará recluido a la Orden de este Juzgado Segundo de Ejecución, quien resolverá sobre la revocatoria del beneficio.
Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 5, 10 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público y a la Defensa P.....