REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 17 de Noviembre del 2.006.
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2002-000045
ASUNTO : RL01-P-2002-000045


Visto el escrito presentado por el Centro de Tratamiento Comunitario “ Rafael Antonio Ochoa Castro “, en donde le remiten a este tribunal informe de la conducta irregular asumida por el penado: JULIO ALBERTO URDANETA al evadirse del establecimiento abierto, incumpliendo con las condiciones impuestas por el tribunal de su causa, por lo que solicitan la Revocatoria Formal del Régimen Abierto de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 36 ordinal 5to del Reglamento Interno de Disciplina que contempla como falta muy grave el incumplimiento a las condiciones, señalándose que la evasión del residente puede implicar la desestabilización del Régimen Disciplinario interno y sugiere alta peligrosidad y riesgo tanto a nivel Institucional como comunal. Es por ello que este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda Librar Boleta de Captura en contra del penado: JULIO ALBERTO URDANETA Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-5.064.844, residenciado en Maracaibo, Estado Zulia, y remitirla al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Cumaná, extensión Maracaibo y todo el Territorio Nacional para que procedan a su CAPTURA, CON EL DEBIDO RESPETO A SUS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES y posterior traslado al Internado Judicial de Cumaná, donde quedará recluido a la Orden de este Juzgado Segundo de Ejecución, quien resolverá sobre la revocatoria del beneficio.
Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 5, 10 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público y a la Defensa Pública Penal, Abg. Omaira Centeno. Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Cumaná y extensión Maturín y al Centro de Tratamiento Comunitario “ Rafael Antonio Ochoa Castro“. Región Zuliana.

El Juez Segundo de Ejecución.

Dr. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.

Abg. Simón Malave.