este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para el imputado HÉCTOR RAFAEL CASTILLO REYES, venezolano, cedulado 14.886.677 y residenciado en la calle real, casa N° 26 Cumaná; por estar el mismo presuntamente incurso en la comisión de los delitos de AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana MARIA ISABEL CUMANA CUMANA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 25.249.667, residenciada en la vía principal de tres picos, sector sabilar, casa N° 92 barrio la bendición de dios cerca del bodegón don José Cumaná Estado Sucre, En virtud de que "... a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar funda.....