Decreta: La Prescripción Especial; y en consecuencia, La Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 108 numeral 5 del Código Penal, relación con el artículo 110 en su primer aparte, parte in fine y el artículo 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con el artículo 49 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, se Decreta: El Sobreseimiento de la presente Causa, seguida al ciudadano ISRAEL RAMÒN RODRÌGUEZ PEREZ, quien es venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, de 27 años de edad, casado, nacido el 15-10-1991, titular de la cédula de identidad Nº 20.563.758, de oficio Obrero, hijo de, Lorenzo Rodríguez y Migdalia Pérez, residenciado, vereda Sorocaima, banco Obrero, casa Nº 52, Guiria, Municipio Valdez, del Estado Sucre, por estar presuntamente incursos en la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artí.....