se hace necesario el cambio de sitio de reclusión del penado en aras de garantizar su vida, salud e integridad personal conforme a lo preceptuado en los artículos 43 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este tribunal acuerda el inmediato traslado del penado ratificar la orden de traslado inmediato del penado Omar Antonio Baptista González, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.839.946, y residenciado en el sector 8 de Febrero, detrás del Liceo, casa S/N, El Morro, Municipio Arismendi del Estado Sucre, desde el Centro de Coordinación Policial Gral. José Francisco Bermúdez hasta el Centro de Coordinación Policial Gral. Antonio José de Sucre, con sede en la Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, ...