DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL UNIPERSONAL CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, luego del análisis de las pruebas evacuadas por el principio de inmediación, tomando en cuenta los conocimientos científicos, las máximas de experiencia y el uso de la lógica, ha llegado a la conclusión que durante el debate oral y público no quedó suficientemente demostrado con las pruebas recibidas la existencia del hecho punible, ni que el acusado haya sido autor o partícipe de los delitos que le han sido atribuidos; en virtud de lo cual se declara NO CULPABLE al ciudadano WILFREDO RAFAEL VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.775.184, mayor de edad, soltero, hijo de Wilfredo Delgado y Luisa Ramona Velásquez, nacido en fecha 02/09/1.987, de 23 años de edad, obrero, residenciado en la Invasión Pantanal, Ranchos la Voluntad de Dios,.....