Ahora bien, cumplida la citación del accionado, y siendo la oportunidad legal para la comparecencia del ciudadano JESUS JAVIER CASTILLO HERNÁNDEZ, previa solicitud de la parte accionante, se estableció conexión vía telemática (video llamada), con el referido ciudadano, de conformidad con lo establecido en la sentencia N° 386, de fecha 12 de agosto de 2022, resolución N° 001-2022, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, quien manifestó en el acto, y reconoció el contenido y su firma del documento que la solicitante acompañó a su escrito, declarando quien aquí se pronuncia "RECONOCIDO" el instrumento presentado en su contenido y firma, todo ello de conformidad con el último aparte del artículo 444 del código de Procedimiento Civil y el primer aparte del artículo 1.364 del Código Civil, en virtud de haberse citado y haber comparecido a Reconocer en su contenido y firma el documento privado. Así se decide.
En consecuencia, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARI.....