Sobre la base de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con lugar la solicitud fiscal y
RATIFICA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado LUIS CARLOS SERRANO SERRANO, venezolano, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, soltero, sin profesión u oficio definido, residenciado en el Barrio Campeche, sector I, calle 01, casa numero 38, sector las colinas una calle después de la bodega del señor Mario, de esta ciudad, titular de la cédula de identidad V-24.874.425; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 en relación con el artículo 83 del Código Penal, con las agravantes 1, 11, 12 y 16 del articulo 77 eiusdem y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE F.....