Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y adolescente por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección del niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos WILFREDO ROMERO RAMÍREZ Y JACKLIN TOLEDO OROCOPEY, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad N° 14.064.882 y 16.841.980, respectivamente, domiciliados en Urbanización Pedro Elias Aristiguieta, Calle Páez hacia el Cerro y Avenida Circunvalación Sur, Sector Andrés Bello, Calle Bello Monte, ambos de esta ciudad. De conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica pa.....