Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Extensión Carúpano, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. Admite totalmente la Acusación Fiscal a si como sus pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 330 ordinal 2°, 9°y 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Acuerda al imputado: Abel Manuel España Benítez, Venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad N° V-12.739.496, domiciliado en el sector La Rinconada, casa sin número, cerca del bar Las Juajuitas de Macarapana, Municipio Bermúdez del Estado sucre. La suspensión Condicional del Proceso , en virtud de encontrarlo incurso en la comisión de los delitos de: Violencia Física y Lesiones Personales leves, previstos y sancionado en el articulo 20 de la Ley Sobre La Violencia contra la Mujer y la Familia ,y previsto en el articulo 418 del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana: Marlyn Jhoana Carreño Márquez .Todo de conformidad con lo establecido en los artículos .....