Por lo razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal procediendo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DIVORCIO hubiere instaurado la ciudadana LIBIA TERESA MAIZ, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.700.083, debidamente representada por sus Apoderados Judiciales, Abogados ALBERTO TERIUS, ADRIANA TERIUS y MARINA SANCHEZ GARCIA, inscritos en el IPSA bajo los Números: 12.545, 93.152 y 85.186, respectivamente, contra el ciudadano NELSON ESPINOZA CARABALLO, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.856.510, debidamente asistido por el Abogado JOSE ARMANDO PEÑA, inscrito en el IPSA bajo el N° 38.019. SEGUNDO: SIN LUGAR la RECONVENCION planteada por el demandado-reconviniente.