este Tribunal Primero de Control de Primera Instancia del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar lo solicitado por el ministerio publico, y decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del xxxxxxxxxx por la presunta comisión del delito de COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales 1, 3, 8 y 10, de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor en perjuicio del ciudadano JESÚS JOSÉ MUÑOZ JIMÉNEZ. Se acuerda que se continúe la causa por el procedimiento ordinario. Se acuerda la aprehensión del adolescente en flagrancia. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, adjunto a oficio, para que continúe la investigación, conforme al procedimiento ordinario. Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judic.....