En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana CARMEN YOLANDA RONDON, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-9.800.062., en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MONTES DEL ESTADO SUCRE.
SEGUNDO : SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de DIEZ MIL TREINTA Y CUATRO BOLIVARES ( Bs. 10.034,00), por los conceptos antes señalados y determinados en el cuerpo de la sentencia mas lo que arroje la experticia complementaria del fallo, por los intereses de prestaciones de antigüedad, e intereses de mora, dichos conceptos serán calculados por un único experto, mediante .....