En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos; éste Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley con fundamento en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes, RESUELVE: PRIMERO. Admitir totalmente la Acusación fiscal, conforme a lo establecido en el artículo 578, literal “A”, en relación con el artículo 579, literal “B”, ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 452 numeral 6° del Código Penal Vigente, en perjuicio del Ciudadano ANDER JOSÉ GONZÁLEZ. SEGUNDO:. Se declara culpable al adolescente OMISSIS; de la comisión del delito de HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 6 del Código Penal .....