En consecuencia, en virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley este Tribunal declara IMPROCEDENTE la MEDIDA DE SECUESTRO PREVENTIVO solicitada por el ciudadano EDMUNDO FIGUERA YIVIRIN, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Cumaná, Estado Sucre, y titular de la cédula de identidad número V-2.922.217, asistido en ese acto por el abogado en ejercicio EMILIO BERRIZBEITIA ARISTEGUIETA, inscrito en el inpreabogado bajo el número 15.793, actuando en su condición de Administrador Gerente de la empresa PROYECTOS, CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS, C.A. (PROCOMAN, C.A.), Sociedad Mercantil Domiciliada en Cumaná, debidamente inscrita originalmente, ante el Registro Mercantil llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mer.....