REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO, DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, 16 de Octubre de 2008
198° y 149°
EXPEDIENTE N° 09660
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS


Vista la anterior solicitud presentadas por los Ciudadanos VIVIAN ELENA HAJJAR KOURI y CARLOS MARCOS BORBOA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.465.936 y V-10.044.090, respectivamente, cónyuges entre sí, y domiciliados en el Parcelamiento Miranda, Avenida General Córdova, N° 2, Quinta “Yarovid”, de esta ciudad de Cumaná, Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre, asistidos por el Abogado en ejercicio JORGE JESUS RAMOS SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.651.873 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 49.223, y de este domicilio, por cuanto en ella se llenan los extremos requeridos por el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil Vigente, este Tribunal considera que existen fundamento para acordar la Separación de Cuerpos solicitada. En consecuencia, procediendo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, se declara la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los mencionados Cónyuges, ya identificados, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 189 del Código Civil.


JUEZA TEMPORAL;

ABOG. MARIA RODRIGUEZ URBANEJA
SECRETARIA;

ABOG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO

NOTA: En esta misma fecha (16/10/2008), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este tribunal. QUE CONSTE.

ABOG. ISMEIDA B. LUNA TINEO.

SECRETARIA;



EXP. N° 09660
MRU/ma