Este Juzgado Cuarto de Control, de conformidad con el artículo 250 numerales 1 y 2, artículo 256 ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la solicitud fiscal, le impone al imputado ÁNGEL DANIEL MATA FERNÁNDEZ, venezolano, de 22 años de edad, nacido el 10-05-82, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad No. 16.256.409, residenciado en Caserío El limón, casa s/n de Río Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, consistente en presentaciones periódicas cada quince (15) días por ante la Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco, con sede en Casanay por un lapso de seis (06) meses, contados a partir de la presente fecha. Líbrese boleta de libertad junto con oficio a la Comandancia General de policía del Estado Sucre y oficio a la Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco, con sede en Casanay, Estado Sucre, indicándole que deberá reportar a este Tribunal periódicamente el cumplimiento d.....