este Tribunal Primero de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena al ciudadano JORGE LUIS GUTIÉRREZ GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° V-19.237.190, hijo de los ciudadanos Carlos Luis Gutiérrez y Cándida Rosa García, residenciado en la calle Rendón, sector Puerto España, casa N° 87, a una cuadra de la Guardia Nacional, Cumaná, Estado Sucre; por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 405 numeral 1 del Código Penal Venezolano, con el agravante establecido en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de xxxxxxxxxxxxxxxxxx(occiso); a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, MÁS LAS ACCESORIAS DE LEY Y AL PAGO DE LAS COSTAS PROCESALES; correspondiéndole al Juez de Ejecución, determinar cómo va a cumplir esta condena, la cual se le impone, de conformidad con el artículo 13 del Código Pe.....