ESTE TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento de admisión de los hechos al ciudadano RAÚL ANTONIO LEMUS LEMUS, venezolano, de 28 años edad, nacido en fecha 07/11/1983, titular de la cédula de identidad N° V-17.213.237, soltero, de oficio pescador, hijo de Yaneth Lemus y Raúl Velásquez, residenciado en la Urbanización Cumanagoto I, Casa S/N, cerca de la Iglesia Virgen del Carmen, detrás del Liceo Graterol Bolívar, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, previstas en el artículo 13 del Código Penal. Pena ésta que terminará de cump.....