Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño, Niñas, Adolescentes y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la inhibición propuesta por la Abogada MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V 9.272.425, en su carácter de Jueza de Mediación; Sustanciación; Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre; Sede Cumana, en la Solicitud JMS1-S-5589-12 de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR (INHIBICION), sigue la ciudadana CARMEN LUISA HERNANDEZ MARTINEZ, contra el ciudadano FRANCO LUIS DIAZ, la primera asistida por la Abogada RAIZA YNSENY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 94.641.
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