Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; de conformidad con lo previsto en en los artículos 49 numeral 1 en concordancia con el Articulo 300 numeral 3 de la presente causa, a favor del imputado JOSE MANUEL CARLOS YANEZ, titular de la cedula de identidad 24.013.902, Venezolano, natural de San Carlos, Estado Cojedes, nacido el 08-02-92, de 30 edad, profesión u oficio Estudiante, hijo de Elba Yanez y Olinto Cesar, residenciado en Valencia, tlf. 0416-4301330, calle Dos de Los Colorados, casa S/N, cerca del Local Evagenlico, Estado Cojedes, por la presunta comisión del delito de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153, de l.....