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Decisiones del dia 16/06/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 3305 N° Sentencia : 572 Fecha: 16/06/2005
Procedimiento:
Separación De Cuerpos
Partes:
LUIS ENRIQUE ACOSTA HERNANDEZ Y EDYS PALMENIA ESPINOZA COVA
Resumen:
Por todas las razones expuestas, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la SEPARACIÓN DE CUERPOS EN CONVERSION DE DIVORCIO de los Ciudadanos LUIS ENRIQUE ACOSTA HERNANDEZ Y EDYS PALMENIA ESPINOZA COVA, quedando así en consecuencia disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, el día 20 de Diciembre de 1.997. De conformidad con el Artículo 185 en su primer aparte del Código Civil venezolano, así se decide Conforme a lo establecido en al artículo 349 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. La patria potestad de los hijos habido en el matrimonio la ejercerá conjuntamente ambos progenitores. La Guarda y Custodia la ejercerá la madre de conformidad con el artículo 360 de la LOPNA. El Derecho de visita será amplio el progenitor visitará a sus hijas cada .....
Juez/Ponente:
Azucena Mata de Zabala
Organo:
Tribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente
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N° Expediente : 4130 N° Sentencia : 628 Fecha: 16/06/2005
Procedimiento:
Decreto De Separación De Cuerpos
Partes:
RUBEN DARIO ORDAZ MENDOZA Y DINORA JOSEFINA BELLO CASPE
Resumen:
Este Tribunal en vista de lo que establece el artículo l89 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los prenombrados cónyuges SEPARADOS DE CUERPOS, por mutuo consentimiento y en los términos y condiciones expuestos. Durante el matrimonio procrearon una hija. La patria potestad la ejercerán conjuntamente ambos progenitores. La Guarda y Custodia la ejercerá la madre. El Derecho de Visitas será amplio siempre y cuando no perturbe el tiempo de descanso y el tiempo de asistencia a sus labores escolares. En relación a la Obligación Alimentaria el padre se compromete a pasar la cantidad de CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES (130.000,oo) MENSUAL. Notifíquese al Fiscal Cuarto del Ministerio Público. Y así se decide.-
Juez/Ponente:
Azucena Mata de Zabala
Organo:
Tribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente
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