este Tribunal Primero en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Sin Lugar la Solicitud Fiscal y mantiene el delito de LESIONES PERSONALES GRAVÍSIMAS, previsto y sancionado en el Artículo 414 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano FRANYER JOSÉ ROMERO RODRÍGUEZ, delito este atribuido al imputado CARLOS EDUARDO PALOMO FARÍAS, venezolano, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.416.590, natural de Las Piedras de Cocollar, Municipio Montes del Estado Sucre; nacido en fecha 16-09-84, de oficio albañil, hijo de Luis Alberto Palomo y Ana Elvia Farías, residenciado en Cocollar, sector 3 de la invasión las flores, Barrio Fe y Alegría, casa S/N°, Municipio Montes del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVÍSIMAS, previsto y sancionado en el Artículo 414 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano FRANYER JOSÉ ROMERO RODRÍGU.....