REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 16 de Mayo de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-003478
ASUNTO : RP01-P-2010-003478
AUTO QUE ORDENA LIBERTAD INMEDIATA
Este Tribunal en razón de la recepción de las actuaciones emanadas del destacamento Nº 531 de la Zona Nº 53 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, mediante el cual pone a la orden al ciudadano CARLOS MANUEL RAMOS BETANCOURT, el cual refiere en el mismo como requerido por el Juzgado Sexto de Control, según oficio N° RJ01OFO2014009944, de fecha 20/06/2014 de la presente causa; siendo que de la revisión del sistema juris 2000, se verifica que en fecha 09 de Marzo de 2015, fue impuesto el ciudadano CARLOS MANUEL RAMOS BETANCOURT, considerando el Tribunal Sexto de Control que en virtud de que el mismo se comprometió a asistir al acto de audiencia preliminar; es por lo que se acordó la Libertad del imputado CARLOS MANUEL RAMOS BETANCOURT y por ende se ordenó la desincorporación del sistema SIIPOL, y en aras de garantizar los derechos que asiste a todo ciudadano, conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerdó la LIBERTAD a favor del ciudadano: CARLOS MANUEL RAMOS BETANCOURT, dando cumplimiento así a la decisión dictada por este Tribunal en fecha 30-06-2014, en el cual se impuso de la orden de captura librada en su contra, es por lo que en atención a la información antes detallada, que como consecuencia de la revisión del sistema juris se obtuvo, y dado que de las actuaciones hoy recibidas se constata que se trata de la misma orden de captura de la que ya se oficiara para que se adopten las medidas de asentar ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, los datos correspondientes para que no se practique mas la detención de dicho ciudadano por efecto de ella, es por lo que este Tribunal Primero en Funciones de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA INMEDIATA LIBERTAD del ciudadano CARLOS MANUEL RAMOS BETANCOURT, venezolano, de 27 años de edad; titular de la Cédula de Identidad Nº 19.239651; de estado civil soltero; de profesión u oficio indefinido; residenciado en la Urbanización Brasil, Sector 02, vereda 76, casa número 12, Cumaná, Estado Sucre. Líbrese boleta de libertad adjunta a oficio dirigido al Comandante de la Zona Nº 53 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio al Comisario Jefe del CICPC, Sub-Delegación Cumaná, solicitándole que deberá excluírsele del sistema de personas solicitadas SIIPOL-ONIDEX en relación a la presente causa. Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal. Cúmplase.
Juez Primera de Control
Abg. Elizabeth Suárez López
Secretaria Judicial
Abg. Gledys Perdomo
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