donde solicita de este Juzgado la Aclaratoria de la condenatoria en Costas en la Sentencia Definitiva dictada en fecha 07 de Mayo de 2.013 en el presente juicio.
Con respecto a lo solicitado este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
Dispone el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil:
A la parte que fuere vencida totalmente en un proceso o en una incidencia, se le condenará al pago de las costas"
En este sentido tenemos que, siendo la condenatoria en Costas una consecuencia directa del vencimiento total dentro de un proceso, tenemos que habiendo resultado vencida totalmente la parte Demandante, ciudadano: LUIS MARCELINO HERNANDEZ RODRIGUEZ, es lógico y perfectamente acorde al contenido del Artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, la condena en costas a la parte demandada.- Asi se decide.
Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del .....