Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve; DECRETA la aprehensión del delito flagrante del adolescente OMISSIS, por estar presuntamente incursos en la comisión de los delitos de RIÑA, previsto y sancionado en el 425 del Código Penal del Estado Venezolano, en perjuicio de RICARDO JOSE BRITO ZORILLA. Así mismo se ordena que se siga el procedimiento ordinario, conforme el artículo 373 ejusdem. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, contra el adolescente OMISSIS; por estar presuntamente incursos en la comisión de los delitos de los delitos de RIÑA, previsto y sancionado en el 425 del Código Penal del Estado Venezolano, en perjuicio de RICARDO JOSE BRITO ZORILLA; de conformidad con lo establecido en el artículo 582, Literal “C” en relación con los .....