Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1, en concordancia con el artículo 480 todos del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia de fecha 12-03-2008, por el procedimiento de Admisión de los Hechos dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENÓ a el penado JOSÉ GREGORIO FUENTES SANDOVAL, venezolano, soltero, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-21.286.243, nacido en San Cristóbal, Estado Táchira en fecha 26-11-1985, albañil, hijo de Isabel Teresa Sandoval Calderón y Jesús Rafael Fuentes, domiciliado en la Calle Independencia, casa s/n, Sector La Canal, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre; a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE P.....