Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta con lugar La Ratificación de la medida de Privación de libertad impuesta a "OMISSIS"; por la comisión de los delitos de Robo Agravado En Grado De Tentativa, Y Resistencia A La Autoridad, tipificados en los artículos 458 en concordancia con el artículo 80 ejusdem y 218 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Aura Del Valle Rojas Y Olegario Rumion, en perjuicio del Estado Venezolano, por el lapso que le falta por cumplir de un (01) año, cinco (05) meses y veintiséis (26) días De conformidad con el artículo 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de niños, Niñas y Adolescentes. Quedan notificados los presentes. Cúmplase.-
La Juez de Ejecución
Abg. Marisandra Cañizares La secretaria
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