Este Juzgado de primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA a los ciudadanos JOSE ASDRUBAL MARIN GUZMAN, Venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, de 25 años de edad, nacido en fecha 19-04-1989, estado civil Soltero, sin oficio definido, residenciado en Macarapana, Sector La Rinconada, casa sin número, cerca de la Capilla, Parroquia Macarapana, Municipio Bermúdez Estado Sucre, cedulado con el Nº V- 25.214.865,, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, A cumplir la pena de DIECIOCHO (18) AÑOS CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DIAS DE PRISION, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal, en perjuicio del adolescente OMISSIS Y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo .....