éste Tribunal concedió en en fecha 10 de Noviem,bre del año 2.000, el beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano JOSE GREGORIO CHARLIS, por un lapso de TRES AÑOS NUEVE (9) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS, venciendose al efecto dicho regimen, igualmente se desprende que el referido ciudadano aún le falta por cumplir las accesorias es por lo que éste Tribunal acuerda notificarlo para que compárezca ante este Tribunal