Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION de la Instancia en el presente juicio introducida por la ciudadana NANCY MALAVÉ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.952.615, domiciliada en la Urbanización 18 de Octubre, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, representados por el Defensor Público de este Circuito Judicial, a favor de los niños, contra el ciudadano LUIS BELTRÁN HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.880.730, domiciliado en Playa Grande , calle Páez, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 Ejusdem. Así se decide.-