Este Tribunal Tercero de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la presente causa, se DECLINA la competencia al Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región, con sede en Cumana , Estado Sucre , se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado competente una vez trascurrido el lapso de cinco (05) días hábiles, para intentar el recurso de regulación de competencia contra esta decisión . Publíquese, regístrese, líbrese oficio y déjese copia certificada para su archivo.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná a los Quince (15) días del mes de octubre del dos mil Trece (2012).
EL JUEZ
Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL