Acto seguido este Tribunal una vez hechas estas consideraciones este Tribunal Sexto de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 358 y 359 del C.O.P.P, al LUÍS BELTRÁN RONDON BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.317.869, de 34 años de edad, soltero, de oficio nada, nacido en fecha 26/12/1.978, hijo de Gertrudis Brito y Facundo Rondón, y residenciado en Pericantar, Sector palomar Casa S/N, cerca de la casa del señor Álvaro Sánchez, Municipio Mejía, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 453, numerales 3 y 4, en concordancia con el artículo 80, todos del Código Penal, en perjuicio de YURAIMA COA; y en consecuencia procede a suspender condic.....