declara con lugar el cómputo en la presente causa seguida a los adolescentes xxxxxxx; quienes fueron sancionados a cumplir la medida de seis (06) meses de regla de conducta, por la comisión de los delitos de alteración al orden público, daños a la propiedad y lesiones leves, cometidos en perjuicio de los ciudadanos xxxxxxxxxxxx; cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley.