DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECRETA: LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, a favor de los ciudadanos CARLOS ALBERTO ARRIETA, quien es Venezolano, mayor de edad, albañil, titular de la cédula de identidad N° V-10.216.226, residenciado en calle El cipres, N° 17 de Tío Pedro, Carúpano, Estado Sucre, y EDGAR EULISES BARBOZA, quien es Venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 01/01/1949, titular de la cédula de identidad N° V-3.967.918; de conformidad con lo previsto en el artículo 108 ordinal 5to del Código Penal, en consecuencia DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, según lo consagrado en el artículo 48 ordinal 8vo del Código Orgánico Procesal Penal. Y por último EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 322 del Código Orgánico .....