Por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, se evidencia que en el ACTA DE NACIMIENTO de la niña al momento de asentar dicha partida, aparece "ha sido presentado un NIÑO" debido a un error material siendo lo correcto "ha sido presentada una NIÑA". Para efectos probatorios la solicitante, consignó copia certificada de la partida de Nacimiento, y copia de la cedula de identidad. Probado como ha sido lo alegado por la parte interesante, este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la Rectificación de las Partidas solicitadas, llevadas por la Unidad Hospitalaria de Registro Civil de Nacimientos del Hospital General Dr. Santos Anibal Dominicci, del Municipio Bermudez del Estado Sucre bajo el Nro 4.885, de fecha 01 de Noviem.....