este Tribunal Quinto de Control, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve con lugar la solicitud fiscal y RATIFICA LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD IMPUESTA a favor de la víctima y en contra del imputado CARLOS JULIO ROMERO BRITO, venezolano, de 47 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.272.451, natural de Cumaná, nacido en fecha 28/07/1963, de profesión u oficio obrero, residenciado en Las Palomas, Sector La Granja, Calle 02, Casa N° 40, a dos calles de la Bodega del Señor Alberto, Cumaná, Estado Sucre, teléfono: 0416-993.71.73; contenida en los numerales 5 y 6 del artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistente en PRIMERO: La prohibición al agresor de acercarse al lugar de trabajo, estudio y/o residencia de la mujer agredida; SEGUNDO: La prohibición al presunto agresor de que por sí mismo o por terceras personas realice actos de intimidación.....