Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda.
SEGUNDO: ADMISIBLE, el recurso contencioso administrativo de nulidad con medida cautelar, interpuesta por los ciudadanos Regino Antonio Rivas Carrera, Cipriano José Pérez Ramírez, Yurnis José Jiménez Campos y Juan Bautista Gutiérrez Gómez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº 10.881.613, 12.887.686, 13.076.433 y 11.439.688, respectivamente, actuando en su carácter de Asociados Cooperativistas de la Asociación de Cooperativa denominada Motores en Acción 98, RL, asistidos por el Abogado Sandy Rojas Farias, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.614, contra la el acto administrativo de efecto particular de fec.....