a favor del penado ENRIQUE LUÍS RODRÍGUEZ GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.631.094, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 15/10/1975, titular de la cédula de identidad 13.631.094, obrero, residenciado en el Sector Achipano, Calle Virgen del Valle, Casa S/N, Porlamar, Estado Nueva Esparta, quien fuera condenado por el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de JOSÉ AUGUSTO CASTAÑEDA, siendo que la Corte de Apelaciones, en fecha 09 de Mayo del año 2006, rectificó y ajusto la pena de veinte (20) Años de Presidio a DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de LIBERTAD CONDICIONAL, con.....